La Ley de la Cadena en España, un modelo de referencia para Europa

En el marco de la Jornada: “Empresas Agroalimentarias: Ley de la Cadena y Responsabilidad Penal Empresarial”, organizada por Acountax y el Foro Interalimentario. • La regulación mixta (regulación y auto-regulación) convierte a esta Ley en la más completa de toda Europa • Asimismo, durante la jornada se ha puesto de manifiesto que el consumidor es el objetivo final de la Ley de la Cadena

Madrid, junio/ 2016.- El Foro Interalimentario y la firma Acountax han celebrado, el pasado día 23 de junio, en la sede de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la Jornada Empresas Agroalimentarias: Ley de la Cadena y Responsabilidad Penal Empresarial. En el acto, al que asistieron numerosos responsables y autoridades del sector agroalimentario y jurídico, se debatió sobre la importancia y novedad de dicha Ley y los aspectos penales en el ámbito de las empresas agroalimentarias. 

La Jornada, presentada y moderada por el Presidente de Acountax, Manuel Lamela, y el Director General del Foro Interalimentario, Víctor Yuste, contó con la participación del Director de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), José Miguel Herrero; del Director General de Cooperativas Agroalimentarias de España, Agustín Herrero; del Magistrado de la Audiencia Nacional, Alejandro Abascal; del Director de Legal de CEOE, José María Campos, y del abogado y socio de la firma Acountax, Miguel Sánchez-Iniesta.

Este encuentro ha posibilitado analizar en profundidad diferentes perspectivas sobre esta norma, sus incumplimientos y sanciones y los problemas derivados de su aplicación práctica. “Gracias a este tipo de jornadas, conseguimos divulgar una ley tan importante para el sector y ver cómo se ha transformado las relaciones comerciales evitando las prácticas abusivas”, comentó el director general del Foro Interalimentario. En este sentido, Manuel Lamela subrayó que gracias a esta ley, pionera en la Unión Europea, se ha conseguido: “pasar del trato entre los eslabones, al contrato” y añadió que "esta norma está diseñada para proteger a la cadena agroalimentaria y dotar de seguridad jurídica al sector más débil, el primario”. 

Sobre la importancia de la Ley de la Cadena (Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria) el Director de la AICA, José Miguel Herrero, destacó que “esta Ley viene a regular unas correctas relaciones comerciales entre los operadores de la cadena alimentaria (agricultores y ganaderos, fabricantes de alimentos y bebidas y distribuidores del sector agroalimentario)”. En especial, subrayó la necesidad de realizar contratos por escrito y velar por el cumplimiento de los plazos de pago en este sector (30 o 60 días). Igualmente, subrayó que las inspecciones que la AICA realiza a todos los agentes de la cadena tiene como fin último velar por el cumplimiento de la Ley e intentar concienciar a todos los eslabones de las ventajas de su cumplimento.

El papel de los consumidores ha sido otro aspecto sobre el que se ha hecho hincapié en el seno de esta jornada. “El fin último de esta ley es el consumidor. Sin él, la cadena se rompe, y no podemos permitirnos perder su confianza, es más, debemos fortalecerla”, resaltó Yuste. 

El objetivo principal del Foro Interalimentario es promover y mejorar la información y formación alimentaria de los consumidores y de la sociedad. Por esa razón, el director del Foro Interalimentario añadió que los consumidores han de conocer más sobre la cadena agroalimentaria y sobre el proceso que hay detrás de cada producto, de ahí que estime necesario "potenciar la formación e información de los consumidores sobre la cadena de valor, ya que existe un gran desconocimiento. Esto nos permitirá, por un lado, dejar de banalizar sobre muchos productos, y por otro valorarlos más”.

 

Protocolos en la prevención de delitos dentro de las empresas agroalimentarias

Por su parte, Alejandro Abascal, magistrado del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, resaltó la importancia de la política preventiva, “ya que el concepto de culpabilidad a este respecto reside en la inexistencia de mecanismos de control y prevención del delito por parte de la persona jurídica”. De esta forma, si la empresa cumple con una correcta política de prevención y aporta las herramientas necesarias para su cumplimento, podrá evitar la comisión de delito, quedando exenta de responsabilidad penal.

Una herramienta fundamental, a este respecto, sería la elaboración de un correcto y adaptado Protocolo de prevención de delito, que posibilita una evaluación inicial de riesgos, que permite a la empresa, a su vez, visualizar si existe o no riesgo penal en su organización.

De igual forma, el Magistrado señaló que la atribución de responsabilidad penal a la Persona Física no conlleva a la responsabilidad de la Persona Jurídica, ya que para poder ser atribuible a la Persona Jurídica tiene que venir determinada por la inexistencia de una cultura de cumplimiento normativo, y que por tanto, la existencia del Protocolo de Responsabilidad Penal adaptado a la empresa será causa de exención de la responsabilidad de las Personas Jurídicas, pudiendo incluso ser valorado en la propia fase de instrucción.

Por su parte, José María Campos, Director Legal de la CEOE, indicó también que es importante que las empresas tengan protocolos específicos, ya que tenerlos les puede evitar males mayores.

Miguel Sánchez Iniesta, presidente de la Sección de Derecho Mercantil y Societario del Colegio de Abogados de Madrid y socio de la firma Acountax, dio unas pinceladas de cómo debe ser un protocolo de responsabilidad penal de la empresa, destacando que dichos protocolos no pueden ser iguales en todas, pues dependerá de cual sea la actividad a la que se dedique y de la estructura organizativa de la misma. Por ello, incidió en que cada empresa ha de tener un protocolo específico, diseñado por y para ella en concreto. 

Cabe señalar que, jornadas como la recientemente celebrada, posibilitan disponer de una visión desde los tres puntos de vista relacionados con este tema: los que deciden si existe o no responsabilidad penal en la empresa, los jueces; los que deben realizar los protocolos, los empresarios; y desde el punto de vista jurídico en cuanto al diseño y defensa del protocolo, los abogados. En todo caso, los tres ponentes del área legal que intervinieron en esta sesión coincidieron en la importancia y la necesidad de tener un protocolo de responsabilidad penal adaptado a la empresa.

La Jornada fue clausurada por el Director General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Fernando Burgaz, el cual resaltó que el carácter “complejo y novedoso de la Ley que ha llevado a las Instituciones Europeas a analizarla en profundidad para que sirva como referencia a otros países europeos” y que la adhesión por parte de las empresas al Marco Autoregulador de dicha ley favorecerá el correcto funcionamiento de la cadena agroalimentaria fortaleciendo en gran medida al sector agroalimentario español.

 

Foro Interalimentario 

El Foro Interalimentario es una organización empresarial sin ánimo de lucro, del sector agroalimentario español constituida, en el año 2006. Está constituido por 25 empresas líderes que comparten un mismo modelo y la misma finalidad: promover y mejorar la información y formación alimentaria de los consumidores y de la sociedad. El Foro Interalimentario, impulsa una Cadena Agroalimentaria Sostenible donde todos y cada uno de los eslabones que la componen participen y compartan, desde el agricultor y ganadero, la industria, la distribución y hasta el propio consumidor. El Foro Interalimentario promueve la máxima calidad y seguridad alimentaria de los productos.

 

Acountax

La firma Acountax surge de la alianza de primeras firmas nacionales, conformadas por equipos multidisciplinares de acreditada profesionalidad y experiencia en la búsqueda de las mejores soluciones a empresas y particulares. Bajo la premisa de la calidad, la eficacia y la cercanía, la cobertura y servicio que esta firma ofrece a sus clientes es múltiple: el asesoramiento jurídico personal y empresarial, fiscal, laboral, contable y financiero, así como en el área cada vez más importante de gobierno corporativo y de la auditoría de cuentas. La voluntad de la firma es dar cobertura y servicio a las necesidades de todos los clientes, sea cual sea su ámbito de actuación.