La Ley de la Cadena en España un modelo de referencia para Europa

La regulación mixta (regulación y auto-regulación) convierte a esta Ley en la más completa de toda Europa

 

FORO INTERALIMENTARIO y ACOUNTAX organizan la Jornada Empresas Agroalimentarias: Ley de la Cadena y Responsabilidad penal empresarial

 

Madrid, junio de 2016.  El Foro Interalimentario y Acountax celebraron el pasado 23 de junio en la sede de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) la Jornada Empresas Agroalimentarias: Ley de la Cadena y Responsabilidad Penal Empresarial. En el acto, al que han asistido numerosas personalidades del sector agroalimentario y jurídico, se ha debatido sobre la importancia y novedad de dicha Ley y los aspectos penales en el ámbito de las empresas agroalimentarias.

La Jornada, presentada y moderada por el Presidente de Acountax, Manuel Lamela, y el Director General del Foro Interalimentario, Víctor Yuste, contó con la participación del Director de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), José Miguel Herrero; del Director General de Cooperativas Agroalimentarias de España, Agustín Herrero; del Magistrado de la Audiencia Nacional, Alejandro Abascal; del Director de Legal de CEOE, José María Campos, y del abogado del bufete Acountax Miguel Sánchez-Iniesta.

Sobre la importancia de la Ley de la Cadena (Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria) el Director de la AICA, José Miguel Herrero, destacó que esta Ley viene a regular unas correctas relaciones comerciales entre los operadores de la cadena alimentaria (agricultores y ganaderos, fabricantes de alimentos y bebidas y distribuidores del sector agroalimentario), en especial la necesidad de realizar contratos por escrito y el cumplimiento de los plazos de pago en este sector (30 o 60 días) y que las inspecciones que la AICA realiza a todos los agentes de la cadena tiene como fin último velar por el cumplimiento de la Ley e intentar concienciar a todos los eslabones de las ventajas de su cumplimento. Herrero desglosó la actividad y protocolos de actuación de esta estratégica Agencia, adscrita al Ministerio de Agricultura, ya que de ella depende el control del cumplimiento de dicha Ley.

 

Además, La AICA tiene encomendada la gestión de los sistemas de información y control de los mercados oleícolas, así como el control de los pagos a las organizaciones interprofesionales en los sectores lácteo y oleícola (aceite de oliva y aceituna de mesa).

 

Según datos de la AICA, con fecha 31 de marzo de 2016 se han inspeccionado 4.000 operaciones comerciales, con 270 expedientes sancionadores abiertos y 322 sanciones interpuestas.


El Director General de Cooperativas Agroalimentarias de España, Agustín Herrero, destacó que con esta Ley se produce un sano cambio de hábitos en el sector, la necesidad de avanzar en el Código de Buenas Prácticas y regular mejor la venta a pérdidas.


Protocolos en la prevención de delitos dentro de las empresas agroalimentarias

A este respecto Alejandro Abascal, magistrado del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, ha destacado la importancia de la política preventiva, ya que el concepto de culpabilidad a este respecto reside en la “inexistencia de mecanismos de control y prevención del delito por parte de la persona jurídica”.  De esta forma, si la empresa cumple con una correcta política de prevención y aporta las herramientas necesarias para su cumplimento podrá evitar la comisión de delito, quedando exenta de responsabilidad penal.

Una herramienta fundamental a este respecto sería la elaboración de un correcto y adaptado Protocolo de prevención de delito, que supondrá una evaluación inicial de riesgos que permitirá a la empresa visualizar si existe o no riesgo penal en su organización.

De igual forma, frente al criterio seguido por la fiscalía que dice que la responsabilidad de las Personas Físicas conlleva la responsabilidad de la Persona Jurídica, el magistrado, en consonancia con el criterio del Tribunal Supremo reflejado en la Sentencia de febrero de 2016, explicó que la atribución de responsabilidad penal a la Persona Física no conlleva a la responsabilidad de la Persona Jurídica, ya que para poder ser atribuible a la Persona Jurídica tiene que venir determinada por la inexistencia de una cultura de cumplimiento normativo, y que por tanto, la existencia del Protocolo de Responsabilidad Penal adaptado a la empresa será causa de exención de la responsabilidad de las Personas Jurídicas, pudiendo incluso ser valorado en la propia fase de instrucción.

Por su parte, José María Campos comentó que son muchas las llamadas que recibe de los empresarios preguntándole por qué necesitan un protocolo de responsabilidad penal cuando ya tienen adoptadas otras medidas de prevención. Su repuesta es que es importante que las empresas tengan dichos protocolos específicos, ya que tenerlos les puede evitar males mayores. Así mismo destacó que la jornada daba una visión desde los tres puntos de vista relacionados con este tema: los que deciden si existe o no responsabilidad penal en la empresa, los jueces; los que deben realizar los protocolos, los empresarios; y desde el punto de vista jurídico en cuanto al diseño y defensa del protocolo, los abogados, coincidiendo los tres ponentes en este tema en la importancia y necesidad de tener un protocolo de responsabilidad penal adaptado a la empresa.

Miguel Sánchez Iniesta, como abogado experto en esta materia de la firma ACOUNTAX, dio unas pinceladas sobre cómo debe ser un protocolo de responsabilidad penal de la empresa, destacando que dichos protocolos no pueden ser iguales en todas, pues dependerá de cual sea la actividad a la que se dedique y de la estructura organizativa de la misma.  Por ello incidió en que cada empresa ha de tener un protocolo específico, diseñado por y para ella en concreto. Teniendo en cuenta que la jornada iba dirigida al sector agroalimentario, el abogado experto en Protocolos puso ejemplos concretos aplicados al sector, incidiendo en los riesgos indirectos que puede generar la responsabilidad penal. Destacó la importancia de que las empresas se conciencien en la necesidad de tener implantado un protocolo idóneo a la misma, pues eso le servirá para evitar otro tipo de responsabilidades.  

La Jornada fue clausurada por el Director General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Fernando Burgaz, el cual destacó que el carácter  “complejo y novedoso de la Ley que ha llevado a las Instituciones Europeas a analizarla en profundidad para que sirva como referencia a otros países europeos” y que la adhesión por parte de las empresas al Marco Autoregulador de dicha ley favorecerá el correcto funcionamiento de la cadena agroalimentaria fortaleciendo en gran medida al sector agroalimentario español.